Mérida, Junio Sábado 06, 2026, 04:19 am
"No deberías ser juez si no
eres imparcial; no deberías ser juez si no has sanado tus propios traumas. Si
en cada hombre ves a aquel que te agredió, no te encuentras ni en condiciones
psicológicas ni espirituales para ser juez de hombres."
— Dr. Crisanto Gregorio León
"No tienen la culpa de tu odio los que nada te han hecho, ni Dios mismo
que te dio la vida para que la amaras, no para que la amargaras con tu
veneno". Esta frase, que la tradición atribuye a San Martín de Porres en uno de sus viajes de bilocación hacia los
esclavos en África, buscaba sanar el alma de aquel que, consumido por la furia,
pretendía castigar al mundo por sus propias heridas. Hoy, siglos después, esta
conseja moral debería estar grabada en mármol en cada despacho judicial donde
la objetividad ha sido desplazada por el resentimiento.
Asistimos con alarma a un escenario
donde la toga no siempre cubre a un juzgador imparcial, sino que, en ocasiones,
sirve de escudo para proyectar traumas personales y prejuicios ideológicos.
Cuando una jueza permite que su odio hacia la figura masculina contamine su
criterio, el proceso penal deja de ser un mecanismo de justicia para convertirse
en una trinchera de persecución sistemática.
En estos tribunales, la verdad es un
estorbo. Ante la inexistencia de pruebas, asistimos a la peligrosa
"construcción de evidencias" en pleno juicio oral. Es una coreografía
perversa donde la colusión con peritos y cuerpos policiales fabrica culpables
para alimentar una narrativa de odio. Se condena al hombre no por sus actos,
sino por su naturaleza biológica, asumiendo una culpabilidad ancestral que el
derecho moderno ya había superado con la presunción de inocencia.
La función jurisdiccional exige una
sanidad mental y emocional que permita separar la historia personal del deber
público. Una juzgadora que no ha sanado sus propios traumas termina
convirtiendo el estrado en un campo de batalla donde cada hombre en el
banquillo es visto como el verdugo de su pasado, y no como el ciudadano con
derechos. La justicia que se fundamenta en el desquite no solo es injusta; es
una patología del sistema que destruye vidas inocentes y socava los cimientos
de la paz social.
La sociedad no puede ser cómplice del
silencio frente a quien, investido de autoridad, utiliza el martillo judicial
para cobrar deudas personales. Es hora de exigir que la balanza sea sostenida
por manos libres de rencor y mentes libres de complejos. El juez debe ser un
garante de la verdad, no un verdugo que busca saciar su sed de venganza con la
condena del inocente.
Para quien busque descifrar el
simbolismo tras el nombre de Lilith con el que he caracterizado a esta figura
judicial, es preciso descorrer el velo con rigor: según la tradición judía y
los textos apócrifos, Lilith fue la verdadera primera mujer, creada antes que
Eva y del mismo barro que Adán, quien en un acto de soberbia y desprecio por el
orden original, abandonó el Edén para transformarse en un ente consagrado al
daño de la paz humana. He elegido esta evocación para representar a la
"Lilith de la Toga": esa juez que, rechazando la sanidad del
espíritu, prefiere habitar en el desierto de su propio rencor. Al nombrarla
así, expongo la metamorfosis de la ley en un mito oscuro; pues cuando la
juzgadora se niega a sanar sus traumas, el proceso penal deja de ser un espacio
de justicia para convertirse en un nuevo Calvario, donde la inocencia es
sacrificada en el altar de una revancha que, como la de Lilith, nunca se sacia.
"Los demás hombres no tienen la culpa de tu odio. Si al sentenciar condenas a todos los hombres, porque en cada hombre recuerdas a aquel que alguna vez te hizo daño, entonces eso no es justicia, es revancha, es venganza" — Dr. Crisanto Gregorio León
Nota técnica: Con el fin de ilustrar los vicios procesales desde una perspectiva académica y docente. El presente texto constituye un ejercicio de ficción jurídica y narrativa literaria, diseñado como una hipótesis de trabajo para exponer, mediante la hipérbole y el análisis doctrinario, situaciones que no son correctas y no deberían presentarse en la praxis judicial.