Mérida, Junio Sábado 06, 2026, 06:39 am
El Bloque Constitucional de Venezuela rechazó en un comunicado la aprobación de la Asamblea Nacional, sin votos en contra, de una ley que pone fin a la pertenencia del país al Estatuto de Roma.
En el documento, la organización recordó que el Estatuto de Roma es un tratado que tiene como objetivo el valor convencional y el derecho humano a la justicia en la investigación y sanción de graves crímenes contra los derechos humanos, como son entre otros, los crímenes de lesa humanidad; y en tanto tratado relativo a los derechos humanos tiene la misma jerarquía que la Constitución de 1999 (artículo 23); por lo cual, no es derogable ni denunciable, ni siquiera con el aval de una mayoría calificada de tipo refrendario.
Explicaron que esta intención constituye la violación del principio de progresividad (artículo 19 de la Constitución), inherente, además, al Estado social de Derecho y de Justicia, tal como lo ha establecido la Corte Interamericana de Derechos Humanos, entre otras, en la sentencia proferida en el caso Gelman Vs. Uruguay.
Asimismo, la materialización de la “denuncia” del Estatuto de Roma afectaría los derechos humanos, particularmente el derecho a la justicia de las víctimas y de sus familiares que exigen, no solo justicia, sino, además, rendición de cuentas por parte de los autores de tales crímenes, y la debida reparación integral.
El Bloque Constitucional precisó que, con la "denuncia", el gobierno venezolano estaría reconociendo que no cumplirá con su obligación de investigar y sancionar los delitos que está investigando la Fiscalía de la CPI. Esta acción reitera la no procedencia de la complementariedad y la urgencia de la actuación de la instancia internacional.
Instaron a los órganos del Poder Público Nacional a cumplir con las obligaciones que le incumbían mientras Venezuela era parte del Estatuto de Roma. Se hizo hincapié en la obligación de cooperar con la CPI en las investigaciones y enjuiciamientos penales iniciados en el caso "Venezuela I" antes de la fecha en que la denuncia surtiría efecto.
Con esto, el Estado estaría inobservando una obligación internacional asumida para luchar contra la impunidad y erradicarla por la comisión de crímenes internacionales. /EN